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TRANSPORTE DE CARGA: Inician multas a vehículos de carga sin cinta retrorreflectiva

Venció el plazo para que los vehículos de carga instalen las cintas retrorreflectivas

Los vehículos con peso superior a 0,75 toneladas deben llevarlas Cinta retrorreflectiva este jueves venció el plazo para que los vehículos de transporte terrestre de carga que circulan por el territorio nacional instalen y usen, de manera obligatoria, cintas retrorreflectivas; las cuales tienen como fin disminuir los accidentes de tránsito y aumentar la visibilidad de estos vehículos en las vías.

La norma rige para los buses, busetas, microbuses, camiones, camionetas, tractocamiones, volquetas, así como remolques y semirremolques, con un peso superior a las 0,75 toneladas, que transiten por el territorio nacional. Así, a partir de la fecha, las cintas con las características estipuladas en la ley deben implementarse para evitar un comparendo que equivale a 414.100 pesos.

Oscar Ruíz, docente del Politécnico Icaft, institución educativa especializada en transporte intermodal, explica que la norma, sustentada en el Plan Nacional de Seguridad Vial, tiene como objetivo ajustarse a los parámetros internacionales establecidos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en las que se indica que aspectos como: las fallas en el sistema de carga en la batería, el detrimento de las áreas iluminadas del vehículo o la falta de acondicionamiento de éste, exponen al conductor y a los demás vehículos a una colisión, en lugares de poca visibilidad, principalmente entre las 6:00 de la tarde y las 6:00 de la mañana.

Es así como desde la entrada en vigencia de la Resolución 5443 de 2009, el Politécnico Icaft se ha dado a la tarea de incluir como parte de la cátedra de Seguridad Vial, dirigida a los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA), un capítulo dedicado a la revisión técnico mecánica y de emisiones de gases contaminantes, la adecuada instalación de las cintas retrorreflectivas, ya que se hace sin tener en cuenta la normatividad, esto puede ser considerado un defecto y, en consecuencia, será causal de rechazo al momento de una inspección. Así mismo, la resolución que entra en vigencia desde hoy, hace hincapié en que las autoridades de tránsito deberán verificar que los vehículos que contempla la norma deben circular haciendo uso de las cintas retrorreflectivas de lo contrario, se impondrá un comparendo por la infracción de tránsito equivalente a 414.100 pesos, explica el docente Oscar Ruíz. Cabe anotar que hasta el momento, la norma entra en vigencia sólo para vehículos de transporte de carga, de remoque, semirremolque y maquinaria industrial. El parque automotor de pasajeros tiene plazo de instalarlas hasta el 4 de enero de 2020. Fuente: Portafolio Imagen: Archivo Portafolio Ver artículo original Volver a página de inicio]]>