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COMBUSTIBLES: Congreso deberá definir cálculos de la Base Gravable de la sobretasa a la Gasolina y el ACPM

Gasolina y el ACPM: Congreso deberá definir cálculos de la Base Gravable de la sobretasa
Congreso deberá definir cálculos de la Base Gravable de la sobretasa a la Gasolina y el ACPM Gasolina y el ACPM la Corte Constitucional tumbó una norma que establecía que la base gravable era certificada mensualmente por el Ministerio de Minas y Energía, y le ordenó al Congreso que establezca los criterios específicos para el […]

Congreso deberá definir cálculos de la Base Gravable de la sobretasa a la Gasolina y el ACPM

Gasolina y el ACPM la Corte Constitucional tumbó una norma que establecía que la base gravable era certificada mensualmente por el Ministerio de Minas y Energía, y le ordenó al Congreso que establezca los criterios específicos para el cobro de este valor en dos legislaturas.   

En un plazo de dos años, por orden de la Corte Constitucional, el Congreso de la República deberá expedir una ley que defina la base gravable de la sobretasa a la gasolina, que actualmente es certificada por el Ministerio de Minas y Energía.

Así lo determinó la sala plena del alto tribunal que tumbó el artículo 121 de la Ley 488 de 1998 (por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones fiscales de las entidades territoriales).

Dicho artículo establecía que la base gravable, constituida por el valor de referencia de venta al público de la gasolina –tanto extra como corriente– y del ACPM, por galón, era la certificada mensualmente por el Ministerio de Minas y Energía.

Sin embargo, a la Corte Constitucional llegó una demanda que argumentaba una vulneración del principio de legalidad, en materia tributaria, por establecer como base gravable el valor de referencia fijado por parte del ministerio “sin que la ley señale para ello ninguna directriz o parámetro”.

De acuerdo con el recurso, los sistemas y métodos para definir obligaciones tributarias deben ser definidos por órganos elegidos popularmente y que el valor de referencia fijado por el ministerio no se apega al valor real de los combustibles en el mercado.

Al estudiar la demanda, el alto tribunal determinó que el Congreso debe establecer en un plazo de dos legislaturas los criterios específicos para el cobro de este valor, como destinaciones, porcentaje de cobro, entre otras cosas. Para la Corte no es claro cómo se calcula la base gravable y lo deberá hacer por medio de una ley.

Fuente: El Espectador

Imagen: Archivo El Espectador

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