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JURÍDICO: Revisarán más de 60 mil multas de transporte que serían irregulares

Multas de transporte más de 60 mil se revisadas, ya que serían irregulares
El Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte anunciaron que revisarán aproximadamente 60.000 expedientes, que representan más de $171.000 millones en multas a los ciudadanos, para determinar si se impusieron de forma irregular o no Multas de transporte. En ese sentido, la Superintendencia de Transporte está conformando grupos especiales para realizar la revisión de […]

El Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte anunciaron que revisarán aproximadamente 60.000 expedientes, que representan más de $171.000 millones en multas a los ciudadanos, para determinar si se impusieron de forma irregular o no

Multas de transporte. En ese sentido, la Superintendencia de Transporte está conformando grupos especiales para realizar la revisión de esos expedientes afectados, incluyendo las investigaciones en curso, los casos que se encuentran en cobro coactivo y la atención de acciones judiciales iniciadas contra la Entidad.

De esta manera, serían objeto de revisión las multas impuestas a transportadores de carga y de pasajeros, incluidos los escolares, intermunicipales, y mixto de todo el país, por conductas como mantenimiento preventivo de los vehículos, capacitaciones a conductores y operadores, jornadas de trabajo de conductores y operadores, condiciones técnico mecánicas de los vehículos, exceder la capacidad transportadora autorizada, transportar carga con sobrepeso, entre otros.

Para la Superintendente de Transporte, Carmen Ligia Valderrama Rojas, es importante resaltar que esta decisión se tomó con el firme propósito de garantizar transparencia y legalidad en el sector transporte: “Queremos enviar un mensaje de calma a los vigilados que fueron afectados con la imposición de estas multas inconstitucionales; estamos demostrando que trabajamos con rigurosidad y siempre con miras al fortalecimiento del sector transporte, del emprendimiento y de la protección a los empresarios que cumplen la ley”, enfatizó la Superintendente.

Frente a lo anterior, el Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte hicieron un llamado a los vigilados y a los ciudadanos para que no utilicen tramitadores en el proceso de solicitud de devolución de sus dineros, pues el Gobierno Nacional es el único garante en este procedimiento.

Lo anterior, en la medida que se realizará la revisión de cada uno de los 60.000 casos afectados, lo cual podrá tomar un tiempo razonable pero que, en todo caso, hará de oficio la misma administración.

Antecedentes de la medida

La Ministra de Transporte, Ángela María Orozco Gómez, indicó que conscientes de la necesidad de que el sector transporte se rija por el principio de legalidad, las dos entidades han trabajado conjuntamente en los últimos meses en revisar de manera exhaustiva las actuaciones sancionatorias adelantadas contra los vigilados.

En dicha revisión se encontró que una serie de normas que habían sido declaradas nulas desde 2016, seguían siendo utilizadas por la entidad como norma sancionatoria para miles de casos en la Superintendencia de Transporte.

Por esta razón, el pasado 23 de octubre de 2018 la entidad solicitó un concepto al Consejo de Estado (Sala de Consulta y Servicio Civil) respecto de la aplicación de sanciones al amparo de normas anuladas, particularmente las que corresponden al Decreto 3366 de 2003.

De acuerdo con la Ministra, Orozco Gómez, esta decisión se tomó con el objetivo principal de proteger a los vigilados, ya que se debe garantizar la transparencia y la legalidad en todos los procesos en el sector:

“acudimos al Consejo de Estado para poder actuar con total contundencia frente a hechos irregulares que afectan el emprendimiento y la legalidad”, puntualizó la Ministra Orozco Gómez.

En marzo de 2019, el Consejo de Estado señaló que la nulidad declarada por el mismo Alto Tribunal (Sección Primera) en 2016, generó que las sanciones previstas en el Decreto 3366 de 2003 desaparecieran. Así mismo, resaltó en su concepto que la resolución 10800 de 2003, que codificaba las conductas del Decreto 3366 de 2003, había perdido su fuerza ejecutoria y por ello no podría ser aplicada contra los ciudadanos.

Por último, precisó el Consejo de Estado que, además de violar el principio de legalidad, (…) “pretender reconocer efectos a la Resolución 10800 para deducir de ella infracciones administrativas que materialmente son idénticas a las del decreto 3366, haría nugatoria la decisión judicial adoptada por la sección primera del Consejo de Estado y abriría las puertas a maniobras fraudulentas de la Administración, en detrimento de los derechos de los ciudadanos”.

Fuente: Colfecar

Imagen: Archivo Colfecar

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