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RESTRICCIONES: Vehículos de carga para puente festivo Corpus Christi del 21 al 24 de junio de 2019 en la red vial nacional

Para vehículos de carga para puente festivo Corpus Christi del 21 al 24 de junio de 2019 en la red vial nacional
Conforme a lo establecido en la Resolución 0002307 del 12 de agosto de 2014 en su artículo 2 Para vehículos de carga. Conforme a lo establecido en la Resolución 0002307 del 12 de agosto de 2014 en su artículo 2 Puentes Festivos, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la […]

Conforme a lo establecido en la Resolución 0002307 del 12 de agosto de 2014 en su artículo 2

Para vehículos de carga.

Conforme a lo establecido en la Resolución 0002307 del 12 de agosto de 2014 en su artículo 2 Puentes Festivos, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, los días, horas y vías de restricción para los vehículos de carga con peso igual o superior a 3.4 toneladas en los siguientes términos:

DÍAS, HORAS Y VÍAS DE APLICACIÓN A NIVEL PAÍS

DÍA FECHA HORARIO
“DÍA DE LA ASCENSIÓN” “CORPUS CHRISTI”
VIERNES 31 Mayo 2019 21 Junio 2019 16:00 a 22:00 horasSalidas de Bogotá, vías del Dpto. Cundinamarca, vía sentido Bogotá – Girardot – Ibagué – Calarcá – La Paila.
SÁBADO 01 Junio 2019 22 Junio 2019 09:00 a 15:00 horas
DOMINGO 02 Junio 2019 23 Junio 2019 No aplica
LUNES (Festivo) 03 Junio 2019 24 Junio 2019 12:00 a 01:00 horas del martes 04 y 25 junio 2019Para la vía sentido Ibagué – Girardot – Bogotá aplica desde las 10:00 horas.
VÍAS A RESTRINGIR:
  1. ARMENIA – MONTENEGRO – QUIMBAYA.
  2. BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR).
  3. BARRANQUILLA – YE DE CIÉNAGA.
  4. BARBOSA – CISNEROS – SAN JOSE DEL NUS.
  5. BOGOTÁ – CHOACHI.
  6. BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ – UBATÉ – CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA.
  7. BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ.
  8. BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA Y CORAN – GUADUAS
  9. BOGOTÁ – LA CALERA – GUASCA – GUATAVITA – SESQUILÉ (INCLUYE YE DE SALITRE – SOPO – BRICEÑO).
  10. MOSQUERA (Desde el Cruce de Tres Esquinas) – FACATATIVÁ – SASAIMA – VILLETA.
  11. BOSCONIA – ZAMBRANO – CARMEN DE BOLÍVAR – CRUZ DEL VISO – TURBACO – CARTAGENA. (INCLUYE VARIANTE MAMONAL – GAMBOTE RUTA 90BLB)
  12. BUCARAMANGA – LA LIZAMA.
  13. BUCARAMANGA – SAN ALBERTO.
  14. BUCARAMANGA – PAMPLONA – CÚCUTA.
  15. CALI – POPAYÁN – PASTO – IPIALES.
  16. CAMBAO – VIANI – CRUCE CHUGUACAL.
  17. CARRETO – CALAMAR – SANTO TOMAS (ATL).
  18. CHÍA – COTA – MOSQUERA – LA MESA – GIRARDOT. (INCLUYE RAMAL A SOACHA).
  19. CÚCUTA – YE DE ASTILLEROS.
  20. HONDA – DORADAL – MEDELLÍN.
  21. IBAGUÉ – ARMENIA – LA PAILA.
  22. IBAGUÉ – HONDA.
  23. MANIZALES – MARIQUITA – ARMERO.
  24. MEDELLÍN – SANTA FE DE ANTIOQUIA.
  25. YE DE HATILLO (BARBOSA-ANTIOQUIA) – YARUMAL – CAUCASIA.
  26. PRIMAVERA – LA PINTADA – LA FELISA – LA MANUELA.
  27. PRIMAVERA – AMAGÁ – BOLOMBOLO – CIUDAD BOLÍVAR.
  28. MONTERÍA – CERETÉ – LORICA – COVEÑAS – TOLÚ – TOLUVIEJO – CRUZ DEL VISO (BOLÍVAR).
  29. NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.
  30. NEIVA – GARZÓN – PITALITO.
  31. PUERTO ARAUJO – PUERTO BOYACÁ.
  32. SANTA MARTA – PALOMINO.
  33. SIBATÉ- ALTO DE SAN MIGUEL – FUSAGASUGÁ.
  34. SINCELEJO – EL CARMEN DE BOLÍVAR.
  35. TUNJA – CHIQUINQUIRÁ.
  36. TUNJA – BARBOSA.
  37. VILLAVICENCIO – PUERTO LÓPEZ – PUERTO GAITAN.
  38. VILLAVICENCIO – CUMARAL.
  39. YE DE CIÉNAGA – FUNDACIÓN – SAN ROQUE – AGUACHICA.

NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.

NOTA 1: Los días viernes 31 de mayo y 21 de junio 2019, la restricción aplica solo para las salidas de la ciudad de Bogotá, vías del Departamento de Cundinamarca (en sentido éxodo) y vía sentido Bogotá – Girardot – Ibagué.

Los días sábados 01 y 22 de junio 2019, la restricción aplica a los vehículos de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas, en las 39 vías enunciadas anteriormente en el horario de 09:00 a 15:00 horas.

Los días lunes 03 y 24 de junio 2019, la restricción aplica en las 39 vías enunciadas anteriormente, en el horario de 12:00 a 01:00 horas del día martes 04 y 25 de junio 2019, donde se aplicará SIN excepción alguna, a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente, se aplicará la restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial N° 7 (BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ) para los vehículos de carga que transiten en sentido IBAGUÉ – BOGOTÁ.

NOTA 2: Teniendo en cuenta el alto volumen de vehículos que transitarán durante el puente festivo “Día de la Ascensión”, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional implementará los planes de regulación de tránsito (reversible, contraflujo, anillos viales) en los siguientes tramos viales, así:

Los anteriores horarios están sujetos a variación por parte de la Dirección de Tránsito y Transporte a través del Puesto de Mando Unificado “PMU”, si las condiciones del alto flujo vehicular o emergencia lo ameritan aplicando la nota especial del presente comunicado.

NOTA 3: Con motivo a las constantes afectaciones en la movilidad que se presentan en la vía que conduce de Bogotá hacia Villavicencio, NO se aplicará restricción para los vehículos de carga con peso igual o superior a 3.4 toneladas en los corredores viales: Bogotá – Villavicencio – Acacias; Bogotá – Tunja y Tunja – Duitama – Sogamoso – Toquilla, por lo cual, deberán extremar las medidas de seguridad para no afectar el tránsito y seguridad de los usuarios viales (transitar por el carril derecho).

NOTA 4: Teniendo en cuenta la autorización de movilización de combustible Gas Licuado de Petróleo GLP otorgada mediante comunicado oficial radicado MT No. 20194000153851 del 08/04/2019, se hace necesario precisar que para los días 03 y 24 de junio 2019, la restricción vehicular se aplicará sin excepción alguna.

NOTA 5: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a la restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional y el Ministerio de Transporte.

NOTA 6: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte y en coordinación con la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, autorizará la movilización de vehículos para la asistencia humanitaria y maquinaria para la atención de emergencias, situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial, asimismo de las entidades del sistema (Cruz Roja, Defensa Civil, Ejército Nacional y Policía Nacional).

NOTA 7: El Instituto Nacional de Vías – INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI y las Concesiones de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.

NOTA 8: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en el Centro de Control y Operación Vial del Programa Seguridad Carreteras Nacionales ubicado en la calle 26 No. 54-41 Ciudad Empresarial Sarmiento Angulo Torre 8 Piso 9, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Transporte, Instituto Nacional de Vías INVIAS y la Agencia Nacional de Infraestructura ANI. Los datos de contacto son celular: 320-3039152, correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.

Fuente: Ministerio de Transporte

Imagen: Archivo Ministerio de Transporte

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