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ECONOMÍA: A debate, proyecto para Zona Económica Especial en Cúcuta

Zona Económica Especial en Cúcuta proyecto a debate

A debate, proyecto para Zona Económica Especial en Cúcuta Zona Económica Especial en Cúcuta. El ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, junto a la bancada parlamentaria de Norte de Santander, radicó en la Cámara de Representantes un proyecto de ley con el fin de crear el régimen de Zona Económica y Social (ZESE) para el área metropolitana de Cúcuta.

La exposición de motivos aborda tres aspectos centrales que justificarían la aprobación del proyecto: en primer lugar, la compleja situación socioeconómica general del área metropolitana de Cúcuta; en segundo, los instrumentos que desde el Gobierno Nacional se han implementado en algunas zonas para abordar situaciones extraordinarias que inciden negativamente en las condiciones de vida de sus pobladores; el tercer punto, aborda las facultades constitucionales y la línea jurisprudencial de la Corte Constitucional en materia de exenciones tributarias. Según datos de Migración Colombia citados en el proyecto, “en el país residen más de 870.000 venezolanos, de los cuales el 56% no se encuentran regularizados”. Igualmente, “Los continuos cierres en la frontera, así como las altas tasas migratorias desde el vecino país generan presiones en el mercado laboral y mayores demandas por bienes y servicios básicos que, en general, plantean la necesidad de fortalecer las capacidades productivas locales”. Ante esta compleja realidad, el Gobierno Nacional decidió radicar la iniciativa, que propone beneficios fiscales y económicos para el área metropolitana de Cúcuta a través de la creación de una Zona Económica y Social Especial (ZESE), mediante la cual se atenderían “las difíciles condiciones del mercado laboral (altas tasas de desempleo e informalidad), y los bajos niveles de inversión; situaciones generadas por la alta migración de población venezolana”. En el artículo segundo del proyecto, se define como beneficiarios de la ZESE a las sociedades dedicadas a actividades industriales, agropecuarias o comerciales que se constituyan en el área metropolitana de Cúcuta dentro de los tres años siguientes a la entrada en vigencia de la ley. Asimismo, el artículo tercero del proyecto propone que la tarifa del impuesto sobre la renta aplicable a los beneficiarios de la ZESE sea del 0% durante los primeros cinco años contados a partir de la constitución de la sociedad; y del 50% de la tarifa general para los siguientes cinco años. Cuando se efectúen pagos o abonos en cuenta a un beneficiario de la ZESE, “la tarifa de retención en la fuente se calculará en forma proporcional al porcentaje de la tarifa del impuesto sobre la renta y complementarios del beneficiario, así: del cero por ciento (0%) durante los primeros cinco (5) años y del 50% para los cinco (5) siguientes”, tal como propone el artículo cuarto de la iniciativa.  Por último, en cuanto a los requisitos para solicitar el beneficio tributario en impuesto sobre la renta, el proyecto de ley señala que “durante los diez (10) años siguientes a la constitución de la respectiva sociedad en los términos previstos en esta Ley, los beneficiarios de la [ZESE], enviarán antes del 30 de marzo del año siguiente al gravable a la Dirección Seccional respectiva o la que haga sus veces de la [DIAN]”, una declaración juramentada del beneficiario ante notario público, en la cual conste que se encuentra instalado físicamente en la jurisdicción de cualquiera de los municipios definidos en el artículo 1º de la ley que crea la ZESE; también deberán enviar una certificación del revisor fiscal o contador público, según corresponda, en la que conste que la persona jurídica fue constituida en el respectivo municipio dentro de los tres años siguientes a la entrada en vigencia de la ley.

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